Ecuador
Impacto | Positivo
Rating Civicus | Obstruido
El 7 de junio, la Asamblea Nacional aprobó con amplia mayoría la ley que regula el uso legítimo de la fuerza por parte de agentes de seguridad y fuerzas armadas.
Entre los principios que regirán el uso de la fuerza destacan la absoluta necesidad, la proporcionalidad, la precaución, la no discriminación y la rendición de cuentas. El uso de la fuerza pasa a ser, en definitiva, un recurso de última instancia al que se debería recurrir únicamente para prevenir una infracción, detener al infractor, defender bienes protegidos o ante la resistencia a la autoridad. El uso de armas letales queda prohibido, excepto para defensa propia ante amenazas, delitos, intentos de detención o fugas que supongan riesgo de vida para los agentes o terceros.
A los agentes de seguridad se les reconoce el derecho a recibir formación, capacitación y entrenamiento para el uso diferenciado de la fuerza con enfoque de DDHH y a negarse a obedecer órdenes de superiores que atenten contra los DD. HH. o que sean ilegítimas. A su vez, están obligados a Identificar y usar los medios disponibles menos lesivos para el resguardo de la vida y la integridad personal, garantizar el derecho bajo estándares internacionales de DDHH, proteger a grupos vulnerables, asistir a capacitaciones en materia de DDHH con enfoque de interculturalidad, garantizar la seguridad en el contexto de protestas sociales pacíficas y respetar ei ejercicio del derecho constitucional a la resistencia.
La ley establece códigos de conducta y principios para regular el uso de la fuerza en contextos puntuales como en el caso de reuniones sociales pacíficas y centros de privación de la libertad. El derecho a la resistencia y a la protesta quedan garantizados, prohibiéndose el uso de la fuerza potencial o intencionalmente letal. No rige para episodios de violencia como los que han tenido lugar dentro de las cárceles en los últimos meses.
La regulación del uso de la fuerza estaba en la agenda del Congreso y del gobierno desde hacía largo tiempo. Sin embargo, la grave conmoción interna generada por la crisis penitenciaria, y las protestas sociales, que derivaron en una repetitiva utilización del recurso del estado de excepción, podrían haber contribuido a acelerar un debate que parecía estancado. Al día de hoy, la situación de inseguridad interna sigue siendo crítica, por lo que el presidente Guillermo Lasso volvió a declarar el estado de excepción el 18 de junio en los estados de Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi, Pichincha, Pastaza e Imbabura con suspensión de los derechos de asociación, reunión y la libertad de tránsito.