Venezuela
Impacto | Negativo
Rating CIVICUS | Reprimido
El 17 de septiembre, la Asamblea Nacional sancionó la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público. Apenas cuatro días duró el tratamiento del proyecto, que ingresó horas después de que la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Michelle Bachelet presentará su informe sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela. Entre otros puntos, destacó allí su preocupación por “la ausencia de datos públicos para monitorear e informar adecuadamente las políticas públicas”.
Más allá de las motivaciones expresadas por los y las asambleístas el texto estructurado en 14 artículos presenta varios puntos preocupantes, según surge de los comunicados realizados poco después por la Alianza Regional por la Libre Expresión y la Información y por Transparencia Venezuela.
Para empezar, la ley no establece expresamente que la reserva de la información debe ser la excepción, aspecto que resulta de particular gravedad si se considera que está vigente la Ley Antibloqueo (aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente y ratificada este año por la AN) que habilita la clasificación de documentos por motivos de “interés nacional”. En segundo lugar, no promueve la transparencia activa, ya sea mediante la publicación de datos en formatos de libre acceso o la definición de la información mínima que deben difundir los entes públicos.
Tampoco contempla la creación de un órgano garante ni establece un esquema de sanciones por incumplimiento. Por último, ignora en su artículo 9 el estándar internacional según el cual no se puede exigir motivación o demostración de un interés legítimo al requerir que el o la solicitante explicite las razones que justifican el pedido.
La ley, que entró en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial el 20 de septiembre, forma parte de un paquete de ocho leyes para la reforma judicial, todas ellas sancionadas entre el 16 y el 17 de ese mes (ver más acá).