Bolivia
Impacto | Positivo
Rating CIVICUS | Obstruido
El 29 de septiembre, el Poder Ejecutivo promulgó una reforma a la Ley del Defensor del Pueblo sancionada por el Congreso, que amplía las facultades de este organismo en materia de promoción de los derechos humanos, prevención de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
La nueva ley designa a la Defensoría del Pueblo como el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y la habilita a acceder libremente a centros de detención, custodia e internación, policial o militar; penitenciarias, institutos de formación policial o militar, y centros de salud en general. La Defensoría del Pueblo tendrá legitimación activa para interponer acciones de inconstitucionalidad, libertad, amparo y protección, entre otras, y además podrá formular recomendaciones para la adopción de correctivos, dirigidas al sector público y a instituciones privadas.
El antecedente se encuentra en línea con otra reforma a las fuerzas de seguridad, sancionada a principios de mayo, que subordina a la policía al poder civil. Esta ley establece las bases normativas y procedimentales que regulan los ascensos de los servidores públicos policiales en los diferentes grados jerárquicos y la conformación del Mando Policial, desde una perspectiva inclusiva, a fin de lograr más transparencia, eficiencia y eficacia.