Panamá
Impacto | Positivo
Rating Civicus | Limitado
La unidad – llamada Plan de Acompañamiento Ciudadano (PAC) – fue creada por una resolución del 25 de enero y tiene por finalidad “ejercer el rol preventivo, fiscalizador y protector de los derechos humanos de la población de forma inmediata”.
Entre sus funciones se encuentran la de observar las manifestaciones y protestas con el fin de prevenir violaciones a los derechos humanos, recopilar datos, monitorear la información publicada por medios de comunicación y plataformas sociales sobre las acciones ciudadanas en la vía pública, y llevar un registro oficial de protestas. El PAC también podrá actuar como canal de comunicación entre manifestantes y autoridades, propiciando vías alternativas de resolución de conflicto cuando sea necesario.
Resulta sugerente, sin embargo, que la creación de la unidad se haya producido bajo la premisa de que el ejercicio del derecho de protesta “es posible únicamente bajo un entorno propicio y seguro”, lo que supone “la ausencia de prácticas” que incidan negativamente no solo en el ejercicio de la libertad de reunión sino también en los derechos de personas que “se consideren vulneradas como resultado de una acción de movilización ciudadana”.
En consulta con organizaciones de la sociedad civil, se manifestó escepticismo sobre los impactos concretos de la medida y la capacidad de la Defensoría para promover efectivamente la protección del derecho. La forma en que se buscará armonizar esos derechos dista de estar clara en la resolución, como así tampoco la articulación con las fuerzas de seguridad durante las manifestaciones, los fines y usos de la información recolectada. Considerando que las acciones de la unidad deberán ajustarse a las Directrices para la Observación de Manifestaciones y Protestas Sociales de la ACNUDH, cabe también preguntarse cómo se compatibilizará el principio de no participación con el ejercicio del rol de canal de comunicación entre manifestantes y autoridades.