Venezuela

    Impacto | Negativo

    Rating Civicus | Reprimido

    El 30 de marzo, el gobierno venezolano dio a conocer a través de la Gaceta Oficial una medida administrativa que obliga a las organizaciones de la sociedad civil a inscribirse en el Registro Unificado de Sujetos Obligados por la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizado y el Financiamiento al Terrorismo, sancionada en 2012.  

    La Providencia N° 001-2021 establece los requisitos y procedimientos que deben cumplir ante la Oficina Oficina Nacional homónima “aquellos sujetos cuya actividad no se encuentra regulada por una ley especial, o que no estén sometidos a ningún órgano de prevención, control, supervisión, fiscalización y vigilancia”. También deben registrarse las personas e instituciones que desarrollen actividades que puedan ser utilizadas para cometer delitos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.   

    Más específicamente, las organizaciones sin fines de lucro quedan obligadas por el artículo 6 de la Providencia a presentar en el plazo de 30 días documentación que acredite su constitución y autoridades, así como el listado de organizaciones nacionales y extranjeras de las que reciban aportes o donaciones, las personas beneficiarias de su actividad, y sus sucursales extranjeras u otras entidades con las que se encuentren asociadas. 

    La medida, lejos de tratarse de una acción aislada, se inscribe en un patrón de criminalización sistemática de las organizaciones de la sociedad civil que se ha profundizado en el último año. Más de 650 entidades emitieron un comunicado conjunto en el que repudian la medida, argumentando que la medida pone en serio riesgo a todas aquellas personas beneficiarias cuya información deberá ser proporcionada al Estado venezolano, viola la libertad de asociación y el principio de inocencia y legalidad.

     

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