Nicaragua

    Impacto | Negativo

    Probabilidad | Alta

    Rating Civicus | Reprimido

    El 10 de noviembre, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó en primera legislatura la Iniciativa de Ley que busca reformar el artículo 37 de la Constitución Nacional con el fin de sancionar los crímenes de odio con cadena perpetua. En la actualidad, la pena máxima establecida en el Código Penal vigente es de 30 años. Tanto especialistas en derecho penal como representantes de la oposición temen que, de prosperar, el gobierno pueda ampararse en la figura del crimen del odio para limitar la libertad de expresión y el derecho a la protesta. 

    Si bien el Código Penal vigente no tipifica los crímenes de odio (acciones violentas y de discriminación por motivos de religión, género u orientación sexual, entre otras), considera a la discriminación ideológica o política como circunstancia que agrava la responsabilidad penal. En caso de que esta iniciativa sea aprobada, se aplicará la cadena perpetua a quienes cometan delitos graves “en circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes e inhumanas, que por su impacto causen conmoción, rechazo, indignación o repugnancia en la comunidad nacional”.

    La normativa había sido aprobada por la Comisión Especial de Carácter Constitucional el 4 de noviembre pasado. Por tratarse de una reforma constitucional, para ser implementada por el Ejecutivo, la iniciativa deberá volver a tratarse el año que viene con la composición de la nueva legislatura que iniciará en enero del  2021.

     

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