Ecuador

    Impacto | Positivo

    Probabilidad | Alta

    Rating Civicus | Obstruido

    El 24 de mayo, a solo pocas horas de asumir en el cargo, el presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, cumplió una de sus promesas de campaña: derogó el reglamento de la cuestionada Ley Orgánica de Comunicación sancionada en 2013 y envió a la Asamblea Legislativa un proyecto de Libre Expresión y Comunicación que prácticamente la reemplazaría. 

     

    Con la sanción de la nueva norma, la Ley Orgánica de Comunicación pasará a llamarse “Ley de Publicidad, Producción Nacional y Espectro Radioeléctrico” y quedarán sin efecto la mayor parte de sus artículos excepto los que fomentan la producción nacional en publicidad, regulación de propaganda estatal y el régimen del espectro radioeléctrico. 

     

    También quedará derogado el delito de calumnia y la contravención de actos lesivos al honor. Para ello, propone anular el artículo 182 y el numeral 1 del artículo 396 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Al respecto, el presidente declaró que no se debe usar el derecho penal para “perseguir” controversias que surgen por la libertad de expresión. 

     

    La derogación de la LOC fue bien recibida por el sector periodístico. Desde la Unión Nacional de Periodistas (UNP) también manifestaron apoyo al proyecto de ley, al declarar que no está direccionada “a limitar, callar o impedir” el ejercicio periodístico, al tiempo que destacaron que quienes ejercen la función pública deben estar sujetos a un mayor escrutinio público. Sin embargo, solicitaron que no se deroguen los artículos correspondientes a la protección a los trabajadores de la comunicación y sus derechos laborales.  

     

    El jurista Gustavo Chiroboga advirtió, por su parte, que con la sanción del proyecto quedarían otros vacíos legales vinculados a la falta de reglamentación del ejercicio del derecho a réplica y rectificación y la eliminación del procedimiento de reclamo a través de la Defensoría del Pueblo que obligaría a quienes se consideren afectados en sus derechos a buscar patrocinio jurídico privado. 

     

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