Uruguay

    Impacto | Negativo

    Rating CIVICUS | Abierto

    Además de la previsión de gastos e ingresos, el Presupuesto 2020-2024 sancionado por el Senado uruguayo el pasado 10 de diciembre, introdujo una novedad. Asigna a la autoridad en materia de telecomunicaciones la facultad para bloquear contenidos audiovisuales de internet con el objeto de prevenir violaciones a los derechos de autor. 

    El bloqueo de páginas y suspensión de contenidos podrá realizarse sin orden judicial, pero será de carácter provisorio y no podrán durar más de un mes. Para habilitar el bloqueo de materiales audiovisuales, deberá haber un reclamo previo de aquellas personas que consideren que sus derechos de autor han sido violados. La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones analizará el caso y podrá por decisión administrativa dar de baja el contenido (o el sitio web) antes de recibir el descargo de quienes lo publicaron. 

    Durante su tratamiento legislativo, el artículo fue cuestionado por un conjunto de 20 organizaciones, entre ellas Amnesty International, que en una carta presentada ante el Congreso advirtieron que el mecanismo es desproporcionado y que implica un riesgo para la vigencia de los derechos fundamentales. Se espera que la ley sea promulgada en el transcurso del mes diciembre.

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